jueves, 29 de julio de 2010

HISTORIA DEL DERECHO INTERNACIONAL

El DERECHO INTERNACIONAL EN LAS GRANDES CIVILIZACIONES DEL ANTIGUO ORIENTE.

El tratado internacional más antiguo es el de Mesopotamia. Pero el primero que nos ha llegado es el concluido entre el rey de Elba y el soberano de Asiria. Establece las relaciones de amistad y comercio, fija las sanciones que se deben aplicar a los delitos cometidos por los súbditos.

Derecho internacional en otras civilizaciones:

China: no se desarrolla hasta XVII.
India: aparece fragmentada en un mosaico de reinos y repúblicas aristocráticas independientes, entre los que el espíritu de desconfianza y de lucha era la regla, esto sebe expresado en el manu y el Artha-sâstra(ley hindú )ambos concuerdan en que las relaciones internacionales son importantes.

EL DERECHO INTERNACIONAL EN LA ANTIGÜEDAD GRECORROMANA.
Los griegos Se creían superiores, pero en la práctica no estorbó las relaciones en pie de igualdad con el Imperio persa, Cartago y Roma.
Características del derecho internacional griego.
- surgió un Derecho internacional panhelénico, fundado sobre prácticas, tradiciones y convenios que suavizaron las durezas y violencias primitivas, encauzando, los conflictos entre ciudades.
-los extranjeros fueron sometidos a la jurisdicción especial del magistrado encargado de la administración de la guerra, y sus intereses fueron puestos bajo la protección de un ciudadano influyente de la ciudad de residencia que designaba la ciudad de origen.
-. Las relaciones diplomáticas y políticas eran frecuentes entre las ciudades
a pesar de que cada una de estas tenía instituciones distintas.
- El derecho de guerra fue muy duro. Todo estaba permitido contra el enemigo

OTROS TRATADOS HELENISTAS:
- Roma y Cartago: que fueron de corta duración debido a la expansión de Roma, estos establecieron, por ejemplo, zonas de influencia y de monopolio marítimo, o límites de expansión territorial
Características del derecho internacional romanos.
La contribución de Roma al desarrollo histórico del Derecho internacional se realizó principalmente por medio de instituciones de su derecho interno.
Características:
- nació el jus fetiale, de carácter sagrado.
- se creó el ius gentium: este tuvo una mayor importancia que la del Derecho fecial, pues vino a rellenar el vacío jurídico existente frente al extranjero,ya que el ius civile no era aplicable a ellos.

EL DERECHO INTERNACIONAL EN EL OCCIDENTE CRISTIANO MEDIEVAL
Se baso en El Derecho canónico que convirtió, el Derecho supranacional en uno de los elementos esenciales de unidad del Occidente cristiano. En su seno se desarrolló un derecho de gentes de fundamento religioso.

CARACTERISTICAS:
-EL papa: asumía atribuciones jurídico-internacionales, como el reconocimiento de nuevos príncipes, el registro de los tratados.
- En materia de derecho de los tratados éstos se refuerzan por juramentos, pero también con prendas o rehenes.

- Las relaciones entre la Cristiandad y el Islam durante la Edad Media se extendieron al comercio
- Las relaciones entre la Cristiandad y el Islam durante la Edad Media se extendieron al comercio
- la Hansa : germánica, asociación de ciudades que se extiende a lo largo de las costas del mar del Norte y del Báltico y penetra hasta el interior.
- La incorporación a la doctrina cristiana de la idea estoica del Derecho natural por San Pablo tuvo una influencia decisiva sobre el pensamiento jurídico
- SAN AGUSTIN: LA GUERRA JUSTA :
EL DERECHO INTERNACIONAL EN EL ISLAM MEDIEVAL

CARACTERISTICAS:
-era un imperio universal teocrático. A su cabeza está el Califa en calidad de “príncipe de los creyentes”, que reúne el poder temporal y el espiritual
- llevaron a cabo el precepto de la “guerra santa.
- el precepto de la fidelidad a la palabra dada



EL DERECHO INTERNACIONAL DE LA PAZ DE WESTFALIA AL CONGRESO DE VIENA

El proceso de desintegración de la Respublica christiana alcanzó su culminación con la Paz de Westfalia, que puso fin a la guerra de los Treinta Años. Guerra religiosa en el seno del Imperio en sus comienzos, se transformó en una guerra general en la que participó la mayor parte de los Estados europeos, redoblándose la rivalidad confesional entre católicos y protestantes.

CARACTERISTICAS:
-: los súbditos debían adherirse a la religión del príncipe.
-La Paz de Westfalia ha sido la base del “Derecho público europeo”. Fue el punto de partida de toda una serie de tratados posteriores.
- se reconoció el Commonwealth(riqueza comoun.
)
EL DERECHO INTERNACIONAL DEL CONGRESO DE VIENA A LA PRIMERA GUERRA MUNDIAL

El Congreso de Viena (1814-1815), tuvo el mérito de instaurar un estado de cosas relativamente estable en Europa, donde no se produciría ninguna guerra general durante un siglo. Los principales actores fueron Austria, España, Francia, Gran Bretaña, Portugal, Prusia y Suecia.

CARACTERISTICA:
- El Acta final desarrolló los gérmenes de un Derecho fluvial internacional estableciendo la libre navegación de los ríos
-El Congreso de Viena elaboró una Declaración de las potencias sobre la abolición de la trata de esclavos negros fue arrollada a lo largo de los siglos XIX y XX por una serie de convenios que dieron prueba de la tenacidad de la esclavitud.

LA DOCTRINA EN EL SIGLO XIX.
El desarrollo de las instituciones internacionales a lo largo del siglo XIX y hasta la Primera Guerra Mundial explica el florecimiento de la Doctrina, cada vez más autónoma y profesionalizada, en el ámbito de las ciencias jurídicas. La preponderancia del positivismo jurídico a partir de los años 30 suprimirá entre sus defensores el vínculo que le unía al Derecho natural. Sin embargo, la tradición iusnaturalista o consideración filosófica del Derecho internacional no cesó por ello y continuó ejerciendo una gran influencia. En este punto hay que mencionar a Hegel, que fue el impulso más destacado. Considera al Derecho internacional como un “Derecho estatal externo”. Siendo el Estado la más elevada encarnación del Espíritu objetivo, no puede someterse más que a su propia voluntad en tanto que ésta se coordina con la de los demás Estados. De ahí resulta un Derecho internacional.

DE LA PRIMERA A LA SEGUNDA GUERRA MUNDIAL

Más que las grandes guerras precedentes, la de 1914 a 1918 desbarató las previsiones de los que la desencadenaron. El Imperio de los zares sucumbió ante el impacto de la Revolución de Octubre. La aparición de un sistema comunista en el inmenso espacio imperial ruso será uno de los hechos más preñados en consecuencias también en Derecho internacional. La Conferencia de la Paz de París (1919-1920) elaboró los tratados que pusieron fin a la guerra. El primero y más importante fue el de Versalles.

El primer reto asumido por los aliados vencedores tras la firma de los tratados de paz, no podía ser otro que poner en marcha un sistema de seguridad colectiva. La creación, en la Ginebra neutral, de la Sociedad de Naciones (SdN) fue la respuesta. La SdN, cuyos órganos principales eran la Asamblea y el Consejo, poseía la personalidad jurídica internacional. Un tratado colectivo autónomo estableció en La Haya el Tribunal Permanente de Justicia Internacional. Por desgracia, esta nueva organización no pudo satisfacer el papel de “garantizar la paz y la seguridad” que le fuera asignado.


LA DOCTRINA EN LOS AÑOS VEINTE Y TREINTA

Los grandes cambios acontecidos en la sociedad internacional tras la Primera Guerra Mundial no podían quedar sin reflejo en la doctrina, la cual se vio realzada porque el artículo 38.1b del Estatuto del Tribunal Permanente de Justicia Internacional, incluye entre las fuentes a aplicar, “la doctrina de los publicistas más cualificados de las diversas naciones, como medio auxiliar de determinación de las reglas de Derecho”. Los internacionalistas de esta época se dividen en seguidores de la doctrina occidental de un lado, y de la doctrina soviética de otro.

jueves, 19 de marzo de 2009

esparta

espartanos=militares ;
grecia= politicos
esparta :base de la socidad lo militar , exelentes en lucha terestres,a los 7 años comienza la Educación militar de los 20 hasta los 30 años, de los 30 a 60, ligados al estado en asesoráis en temas de guerra y educación.

Los ilotas Poseían dos reyes, 28 ancianos mayores de 68 años encargados de legislar y de las relaciones, 5 enforados que eran los que legislaban las funciones del estado



Atenas: base la cultura, política y artes
Apátridas: poder ejecutivo
Atenas se divide en 4 clases
Educación los 7 años. A diferencia de Esparta, además del desarrollo físico, se buscaba un desarrollo humanístico más integral. Los jóvenes aprendían a leer y escribir, aprendían música y eran sometidos a entrenamientos físicos. Entre los 18 y los 20 años debían cumplir con un servicio militar el cual los preparaba para la guerra. Con el paso del tiempo y la consolidación de la Democracia, se fue tornando más y mas importante el estudio y practica de la oratoria, especialmente para los ciudadanos que aspiraban a ocupar algún cargo publico.

viernes, 6 de marzo de 2009

preguntas

cara CTERISTICAS PRINCIPALES DEL DERECHO GRIEGO : no dreian en el derecho de origen divino ; era mas equitativo entre los ciudadanos griegos ; su base el progreso social y cultural ;estaba dividido el poder en barios organos.

diferencias entre derecho oriental y derecho griego:
oriental: caracter divino ; cruel, penas ficicas ; codigo ammurabi, orientado alas dispociciones divinas

griego: NO era de caracter divino ; fue inspirado en los hombres ; justo e igualitario con sus ciudadanos ; era orintado al progreso social y economico ; caracter politico y cultural : base la razon

jueves, 5 de marzo de 2009

Clases Sociales - Exposición 3

¿GRUPO SOCIAL? A lo largo de varios años a un conjunto de individuos se les ha denominado comunidad, sociedad, nación por mencionar algunos

La comunidad: se puede pensar como un tipo de organización social cuyos miembros se unen para participar en objetivos comunes.

Quienes integran la comunidad: La comunidad la integran individuos unidos por vínculos naturales o espontáneos y por objetivos que trascienden a los particulares.

Características de la comunidad:

1.
prevalece el interés colectivo.
2. la comunidad primitiva como la forma más antigua de organización social, la comunidad fue en sus orígenes nómada y pastoril antes de la aparición de la agricultura.

- Para Marx: su objetivo no es la producción, sino la subsistencia de la colectividad humana.

-trabajo en las comunidades es muy limitada, casi inexistente; pero el trabajo constituyó el establecimiento de los vínculos primarios en una colectividad (En la familia, luego al clan).

- Ferdinand Tönnies, construyó el tipo ideal de comunidad, claro desde el punto de vista teórico. Tönnies hizo referencia a la ‘voluntad orgánica’ vinculada a este tipo de organización social, que se constituye de tres formas: por placer, por hábito y por la memoria.


División clásica de las comunidades:

Comunidades de sangre (la más natural y primitiva, de origen biológico, como la tribu, la familia o el clan),

1. Comunidades de lugar (cuyo origen es la vecindad, como las aldeas y asentamientos rurales)

2. comunidades de espíritu (su origen es la amistad, la tradición y la cohesión de espíritu o ideología.

La sociedad según:

Teólogo italiano Tomás de Aquino: fue concebirla como totalidad orgánica propia, base del pensamiento social cristiano: los individuos que la componen son partes de un todo, regulado por fuerzas trascendentes.

Concepción contractualista: A partir del siglo XVI se formuló una concepción contractualista que ve en la sociedad la construcción de un orden artificial fundado en una asociación de individuos que ceden su derecho a un ente social capaz de garantizar el orden y la seguridad en sus relaciones.

. Georg Simmel: explicó la sociedad como suma de individuos asociados y sistema de relaciones, que implica un conjunto social.

, El funcionalismo: consideró la sociedad como una totalidad de estructuras sociales y culturales independientes.

La sociología: define a la sociedad como pluralidad de individuos que forman un conjunto. Entidad reconocida por sus propios miembros y por los demás, se basa en el tipo específico de conducta colectiva que representa.

Georges Gurvitch: realizó un exhaustivo análisis sobre el grupo y lo definió como “unidad colectiva real y parcial, directamente observable y fundada sobre actitudes colectivas, que tienen una obra común que cumplir”. Un partido político, una familia, los desocupados (véase Desempleo) o las minorías étnicas son grupos que comparten actitudes específicas.

Criterios: de distinción de los grupos, entre los que destacamos:

La envergadura (número de participantes),

Las funciones (véase Función social), La base de formación, El grado de compatibilidad.

Concepto de sociedad: el concepto de Sociedad se pude comprender como un sistema o conjunto de relaciones que se establecen entre los individuos y grupos con la finalidad de constituir cierto tipo de colectividad, estructurada en campos definidos de actuación en los que se regulan los procesos de pertenencia, adaptación, participación, comportamiento, autoridad, burocracia, conflicto y otros.

Clasificación de los grupos:

-. Los ‘grupos primarios’, a los que pertenece todo individuo en una sociedad, se caracterizan por ser de pequeña envergadura, duración permanente, poco especializados, informales y no institucionalizados; los miembros de un grupo primario, como la familia o el grupo de trabajo, mantienen relaciones directas

- Los ‘grupos de pares’, que son grupos de edad y de composición homogénea, como el grupo de alumnos

- los ‘grupos de referencia’, grupos con los que se identifica el individuo y que pueden ser distintos de aquel al que pertenece.

También podemos observar sucesos históricos de la sociedad: como punto de partida tomemos la biblia cuando Dios creó al hombre llamado Adán y lo vio muy solo y le dio una compañera;

-Darwin: con su teoría de la manada de monos antropomorfos extraordinariamente desarrollados quienes vivían en manada, cuando se desarrollan crean vínculos especialmente el trabajo.

Con lo anteriormente enunciado, identificamos que la necesidad del individuo para permanecer en grupo es necesaria; además de compartir algo en común; por ejemplo, concebir valores entendidos como el sentido común compartido (reglas de convivencia). Para protegerse de otros grupos, es decir, el establecimiento del grupo social es menester para la sobrevivencia del ser humano

LOS SUMERIOS (MESOPOTAMIA)

Mesopotamia (en griego, ‘entre ríos’), región que se convirtió en uno de los primeros centros de civilización urbana, situada entre los ríos Tigris y Éufrates, en la zona que en la actualidad ocupan los estados de Irak (principalmente), Irán y Siria,

Por la necesidad de la cooperación tanto en la defesa , como en la agricultura; sin embargo, convivían una diversidad de culturas; razón por la cual, existía un pluralismo cultural y jurídico.

la ley del talión

LOS EGIPCIOS.

por su religiosidad y la creencia de la vida después de la muerte,

los reyes eran descendientes del dios Ra (sol),

mítico-religioso. Muestra de ello, lo encontramos en lo que estipulaba el “libro de los muertos” (documento más importante de esta cultura), en el cual, incluso se mencionaba cumplir con disposiciones que condicionaban la vida después de la muerte,

El ka (elemento síquico- alma

LOS HEBREOS.

Referencia la Biblia (Los Hebreos); se distingue que incluso; el dios de Adán y Eva, determinó las condiciones para permanecer en el Jardín del Edén

Los Diez mandamientos; por llamarle el primer derecho escrito (Código).

Jueces o encargados de administrar justicia en las doce tribus de los hebreos,

LOS HINDÚS

Para conducir el actuar del grupo social, a través de las “Leyes de Manú”, cuyo nombre original es Manava Darma Shastra o Tratado de Derecho de la escuela Manava. Dichas leyes se crearon alrededor de año 200 a.c., el autor, fue Manú, era un personaje legendario y primer rey de la India. El Manava Darma Sastra, era algo más que una legislación,

Creación y la destrucción del mundo

Vida doméstica y e leyes civiles

Señalan los castigos

Separaciones de las castas, de la esclavitud, la distribución familiar de los derechos y el sometimiento a que estaba obligada la mujer.

LOS GRIEGOS.

Rompe con la ideología y creencia de que el derecho emana de lo mítico; aquí empieza la racionalidad

De clases

La lucha

Codificación del derecho en las diversas ciudades se desarrolla durante varios siglos y no se sabe mucho de ello

DIKÉ aproximadamente es dar a cada cual lo debido y al mismo tiempo significa, proceso, juicio y pena

Se creía que en la ley escrita estaba el criterio infalible de lo justo y lo injusto; es decir, del derecho usualmente válido que alcanzó un contenido de justicia palpable. El areté, constituyó en la Grecia antigua, la forma más eficaz para una estabilidad social y desarrollo.

Las disposiciones normativas o derecho, son esenciales para la compatibilidad y convivencia de los grupos sociales, llámese cultura, sociedad, comunidad, familia, tribu; la presencia de reglas es fundamental; en caso contrario, todo el actuar social sería un caos, sin poder identificar lo bueno y lo malo, lo justo y lo injusto.

sábado, 28 de febrero de 2009

Datos de Interés - El víctor

El víctor es un símbolo acuñado en el Antiguo Imperio Romano y que derivó del crismón.

A partir del Edicto de Milán en el año 313, de nuestra era, el crismón aparecía en monedas, estandartes y con el tiempo pasó a formar parte también de los escudos de los legionarios romanos. Según la leyenda el emperador Constantino en sus sueños, la noche anterior a la batalla del Puente Milvio, se le apareció el crismón junto a las palabras de «In hoc signo vinces» («Con este signo vencerás»). Al día siguiente éste sustituyó el águila imperial por el crismón o labarum y ganó la batalla.

Poco a poco fue transformándose en los escudos romanos hasta adoptar otra forma muy diferente. Se había convertido en otro símbolo: el Víctor, Escudo de la Victoria o Victorioso.

Fue adoptado por algunas universidades españolas desde el siglo XIV, como la de Salamanca y más tarde la de Alcalá de Henares como emblema para los doctores, en inscripciones murales con pintura roja o negra que se conservan hoy en día. Finalmente, se eligió como adecuado para ser utilizado en el Desfile de la Victoria (18 de julio de 1939) y, a partir de entonces, durante toda la dictadura franquista, como emblema propio de Franco.

Erróneamente se piensa que fue diseñado por el ocultista Corintio Haza, que habría incorporado al emblema símbolos astrológicos para proteger simbólicamente al Caudillo.

Primera Exposición - Historia del derecho occidental

HISTORIA DEL DERECHO ROMANO


·EL derecho moderno se basa en parte en el derecho occidental



Elementos del derecho occidental

1. Derecho romano : etapa arcaica .753 a.c – siglo 3 a.c ; clásica siglo 3 a.c – siglo 3 d.c ;

Posclásica 476 – siglo 15

· En el imperio romano era un honor y obligación ocupar un cargo público.


· Siglo 11 compilaciones justinanias :eran compilaciones de actualización del derecho a la época en que el emperador Justiniano vivía , con su pueblo ; corpus iuris civilis : el código , el digesto , las instituciones , las novelas.


· Derecho canónico: normas jurídicas que regulaban la estructura de la iglesia, las conductas del clérigo, y los fieles.

· Germánico: derecho consuetudinario que regulaba su convivencia social y su organización política. Este derecho era de tipo racial porque solo era para los de raza germánica.


· Doctrina del derecho común: es la unión del derecho romano Justiniano y el derecho canónico.


· Concepción católica del derecho natural: influyo en el derecho occidental, al menos desde la aceptación del cristianismo como religión oficial en el año 390, y se produjo con la mescla del derecho común, y el derecho romano; declara la igualdad natural.


· Derecho racionalista: razón, el derecho debe ser tomado como ciencia basada en lo empírico.


· Concepciones sociales de derecho: se preocupa por la dignidad económica y social.

· Conclusión los elementos del derecho primitivo :


· 1.la legitimidad :antigüedad del derecho


· 2. Vigencia : respetada el pueblo dominante los derechos del pueblo dominado


· Formas de creación de derecho: normas consuetudinarias y su antigüedad, aceptación del pueblo en dichas.


· Romanización : proceso que se da en todos los pueblos conquistados por roma


· Romanización militar: eran los encargados del dominio de las provincias romanas por ello su papel de acercamiento con los indígenas era fundamental.


· Romanización administrativa: comenzó con la expulsión de los cartagineses de la península ibérica, cambiaron la administración indígena por la forma romana.


· Romanización jurídica: concede la ciudadanía a los pueblos conquistados.


· Derechos políticos: ius sufraggi: voto; ius honorium: ser elegido; derecho a defenderse de las acusaciones ante los jueces.


Datos de Interés

Las magistraturas son en donde se repartió el poder romano.

- Pretor: Era el que administraba la justicia.

- Questor: Administraba el dinero.

- Ediles: Administraban las vías y el mercado público.

- Cónsul: Ejecutaban las leyes y eran el poder ejecutivo.

- Tribuno: Los representantes del pueblo.

- Censor: Era el que hacía el censo de los bienes y las personas.

- Senatus Consulta: Eran decretos dictados por el senado.

- Octavio Augusto: Primer emperador y tenía todos los poderes y títulos de padre de la patria. Poseía el derecho de beto: Poder de oponerse.